terça-feira, 7 de abril de 2015

El Senado de Chile, aprobó despenalización del autocultivo y consumo de Cannabis.

La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó y despachó las propuestas que modifican el Código Sanitario y la ley N° 20.000, sobre tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, con el objeto de legalizar el autocultivo de cannabis para el consumo privado, y despenalizar su expendio y cultivo para fines medicinales. Las iniciativas pasarán a la discusión en el Senado

La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados discutió y despachó al Senado los proyectos que modifican el Código Sanitario y la ley N° 20.000, sobre tráfico ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, con el objeto de legalizar el autocultivo de cannabis para el consumo privado, y despenalizar su expendio y cultivo para fines medicinales.

Sobre la iniciativa, el presidente de la instancia, diputado Juan Luis Castro (PS), afirmó a Publimetro.cl que “estamos asegurando que la gente pueda consumir terapéuticamente, estamos asegurando que sea compatible con la ley del tabaco y estamos asegurando un porte máximo de 10 gramos y 6 plantas de autocultivo por metro cuadrado“.

Castro señaló a Radio Cooperativa, antes de ingresar a la Comisión, que “establecemos que va a estar permitido el consumo de marihuana -siempre en forma privada, no en la vía pública- para efectos medicinales bajo prescripción médica”. Aquellas personas que lo deseen podrán “consumir Cannabis y proveerse del producto a través del autocultivo que se permitirá ahora con un tope de seis plantas por domicilio, para que así salgamos del paso del narcotráfico y tengamos favorecido un clima de autocultivo para esas personas que están en condición de requerirlo“. En tanto, para menores de 18 años, nunca va a contemplar la vía inhalatoria, sino que serán a través de otras alternativas como el uso de aceite o comprimidos.

El parlamentario también precisó que con esta modificación también se permite el porte de marihuana, con un tope de hasta 10 gramos, lo cual en la actualidad está prohibido y penalizado. En el caso de consumo en la vía pública, se dará una multa, pero no será penalizado.

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